Criterio para destituir un funcionario publico.


El criterio que debe primar para la destitución de un funcionario público, es que hayan elementos suficientes como para procesarle judicialmente, esto posterior a una prudente y exhaustiva investigación.

Independientemente de esto entiendo, y valoro como debida que mediante una resolución del ejecutivo, (entiéndase decreto), los Ministros y Directores Generales no durasen en el cargo mas allá de un ano, para evitar que la costumbre desarrolle la mala confianza.

Estamos consciente de que el buen funcionamiento de un gobierno no dependerá estrictamente de este tipo de accionar por parte de la máxima autoridad del Poder Ejecutivo, pero esto bien podría incidir en generar mecanismos  que vayan acorde con el buen accionar ético de los funcionarios.

Igualmente reconozco que se requiere una aptitud enérgica, firme y decidida de parte del primero dentro de sus iguales cuya vocación vaya rodeada de la dignidad moral.

Nuestros gobernantes no deben ceder ante las presiones, sino mas bien tener organismos que cumplan su misión de investigar buscando elementos de responsabilidad.

Esto no quiere decir que estemos de acuerdo con acciones irregulares que bien pudieran cometer algunos funcionarios públicos, de lo que no tenemos pruebas en el momento, soy mas bien partidario de que todo funcionario publico del que el rumor publico indique (no de manera malsana, ni politiquera), que haya incurrido en acciones ilícitas, actos de corrupción, nepotismo, etc., sea suspendido de su puesto, durante se desarrolle dicha investigación y de esta arrojar suficientes elementos que puedan facilitar la buena confección de una acusación sólida,  (presupuestos) entonces destituirle.

Cuando se destituye a un funcionario que ha sido sujeto de críticas por haber violentado las normas morales y éticas, que sustentan nuestra sociedad, y no se lleva a cabo al menos una investigación, se da una mala señal.   

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