Criterio para destituir un funcionario publico.
El criterio que debe primar para la destitución de un
funcionario público, es que hayan elementos suficientes como para procesarle
judicialmente, esto posterior a una prudente y exhaustiva investigación.
Independientemente de esto entiendo, y valoro como
debida que mediante una resolución del ejecutivo, (entiéndase decreto), los
Ministros y Directores Generales no durasen en el cargo mas allá de un ano,
para evitar que la costumbre desarrolle la mala confianza.
Estamos consciente de que el buen funcionamiento de un
gobierno no dependerá estrictamente de este tipo de accionar por parte de la máxima
autoridad del Poder Ejecutivo, pero esto bien podría incidir en generar
mecanismos que vayan acorde con el buen
accionar ético de los funcionarios.
Igualmente reconozco que se requiere una aptitud enérgica,
firme y decidida de parte del primero dentro de sus iguales cuya vocación vaya rodeada
de la dignidad moral.
Nuestros gobernantes no deben ceder ante las presiones,
sino mas bien tener organismos que cumplan su misión de investigar buscando
elementos de responsabilidad.
Esto no quiere decir que estemos de acuerdo con
acciones irregulares que bien pudieran cometer algunos funcionarios públicos,
de lo que no tenemos pruebas en el momento, soy mas bien partidario de que todo
funcionario publico del que el rumor publico indique (no de manera malsana, ni politiquera), que
haya incurrido en acciones ilícitas, actos de corrupción, nepotismo, etc., sea
suspendido de su puesto, durante se desarrolle dicha investigación y de esta
arrojar suficientes elementos que puedan facilitar la buena confección de una acusación
sólida, (presupuestos) entonces
destituirle.
Cuando se destituye a un funcionario que ha sido
sujeto de críticas por haber violentado las normas morales y éticas, que sustentan
nuestra sociedad, y no se lleva a cabo al menos una investigación, se da una
mala señal.
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